jueves, 3 de noviembre de 2011

¿Qué pasó con la UNE-EN 50173-4:2009?

Repasando el nuevo reglamento ICT  o como ya se viene conociendo ICT2, una de las partes que más cuesta interpretar es la referida a las redes de pares trenzados.

El ICT2 menciona las normas españolas EN 50173 y  EN 50174 que son la principal referencia a la hora de diseñar, planificar y ejecutar la instalación de un cableado estructurado. ¿Qué estamos hablando del interior del edificio? pues se consulta la Parte 2 (UNE-EN 50174-2) ¿Qué la instalación va por el exterior? no hay problema, tenemos la Parte 3 (UNE-EN 50174-3).

En 2007 CENELEC terminó su Parte 4 destinada a instalaciones en los hogares. En 2009 AENOR completó su versión oficial en español. ¿Cómo es posible que el ICT2 publicado en 2011 no haga mención alguna a la Parte 4?

He aquí un recorte del apartado de requisitos técnicos:

image

La Parte 4 es un referente claro de como se debe plantear la red interior de usuario, las bases de acceso y los distribuidores. Trata el concepto básico de canal y enlace permanente algo que en ICT2 no se menciona y esto plantea incógnitas. Todos sabemos que la categoría (CAT) de un enlace permanente se rebaja al elemento más débil. Es decir, si el cable de pares trenzados es CAT 6 y en una base de acceso el modular RJ-45 es CAT 5e, descendemos a CAT 5e para todo el enlace.

Y es que si hay que certificar no es lo mismo certificar un canal que un enlace permanente. ¿Qué limite de prueba vamos a escoger? ¿Clase E?. El reglamento ICT2 lo especifica claramente para los cables pero no dice nada respecto a los elementos de conexión, aquí no se hace referencia explícita a la categoría mínima.

Mal asunto. En el marco de ICT 2003 venimos viendo todos estos años con unos condicionantes técnicos mucho menos estrictos y más claros instalaciones que son un verdadero cromo. Para hacer fotos vamos.

¿Qué encontraremos entonces cuando se terminen las primeras ICT2?

2 comentarios:

  1. ¿Por qué cree que le han asignado ICT2 a esta nuevo reglamento?. Tendría que ser ICT3:
    - ICT1(279/1999)
    - ICT2 (401/2003)
    - ICT3 (376/2011)
    ¿No le parece que se olvidan de nuestro primer reglamento, que aunque con muchos errores, fue nuestra primera normativa en ICT? Lo que parece mentira es que siendo la tercera versión de un reglamento en 12 años, aún no se queden muchos aspectos claros en la redacción.

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  2. Si, a veces veo con sana envidia el REBT que no ha cambiado desde 2002. Sin embargo en las telecomunicaciones la evolución es mucho más rápida y eso es lo que nos queda.

    ICT2 es un reglamento ambicioso que aborda un campo realmente amplio y por tanto no es fácil organizar y matizar todos los detalles. Con la práctica no tardará en llegar una nueva versión lo cual en principio no tiene nada de extraño, sucede con otras normas.

    Tal como digo en esta entrada los aspectos del cableado estructurado CAT6 no me parecen muy logrados, sin embargo en las partes de fibra óptica ICT2 esta en mi opinión bastante bien.

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